Extinción de Dominio, un riesgo imprescriptible

¿Qué es la acción de Extinción de Dominio?

La acción de Extinción de Dominio es una acción de carácter patrimonial que perdura en el tiempo. Mediante esta acción el Estado persigue aquellos bienes que han tenido origen en actividades ilícitas o han sido destinados a la comisión de algún delito en algún momento de su historia, sin importar quién sea su actual propietario.

En Colombia, las organizaciones criminales para solapar u ocultar el origen ilícito de sus recursos invierten en bienes muebles o inmuebles, tangibles o intangibles. De ahí que esta acción haya nacido como un mecanismo para evitar que las organizaciones criminales continuaran fortaleciendo su músculo financiero y desmejorando las condiciones económicas y sociales del país a través de bienes adquiridos ilícitamente.

Debido a lo anterior, existe una alta probabilidad de encontrar lotes, terrenos, bodegas, locales y en general inmuebles de dudosa procedencia que pueden ser parte de su patrimonio y gracias a su origen están expuestos a acciones de Extinción de Dominio.

Según cifras entregadas por la Fiscalía, desde agosto de 2016 a la fecha, 1.767 bienes han sido afectados por acciones de Extinción de Dominio y su valor supera los 2,4 billones de pesos.

Esta acción realizada por el Estado es indeterminada en el tiempo, por lo tanto, para que no sea extinto el derecho de dominio sobre un bien, el propietario deberá probar su buena fe.

En el caso de las compañías, tener vínculos con una contraparte a quien le hayan realizado procesos por Extinción de Dominio o se encuentre vinculado en un proceso de esta índole, siempre constituirá una alerta. Por lo que es imprescindible que cada que se reciban bienes como parte de pago o en garantía por la entrega de un crédito, se apliquen controles y medidas necesarias para mitigar cualquier riesgo de embargo.

Conozca un caso real de Extinción de Dominio y pregúntese: ¿Qué tan preparada esta su compañía para mitigar este riesgo?

 

También puede interesarle: Bienes en extinción de dominio: Una señal de alerta

Autor: L. Peláez

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *