Las entidades vigiladas de acuerdo con lo estipulado por la Circular 027 de 2020 de la Superintendencia Financiera resolvió fortalecer la regulación existente haciendo expresa prohibición de realizar operaciones con bancos pantalla y obligando a las entidades a fortalecer los mecanismos para identificar las operaciones provenientes de, o dirigidas a, jurisdicciones no cooperantes.Otro punto que menciona la circular es que las entidades vigiladas deben verificar que las entidades con quienes celebren acuerdos de corresponsalía tengan un sistema de prevención de LA/FT que satisfaga los estándares internacionales y deben evaluar que esas entidades corresponsales estén sometidas a una supervisión de una autoridad y que las jurisdicciones en que está asentada sea miembro del GAFI. La circular 027 de 2020 en el numeral 4.2.2.1.9. indica que las entidades vigiladas deben:
Lista con los países mayormente vigilados y que se encuentran en la listas gris son:
Estos países los cuales en total son 19, deben de cumplir con todas recomendaciones que en este caso el GAFI les sugiere, para poder así superar las irregularidades encontradas en sus sistemas y así prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, mostrando su compromiso para con este tema. Países como Nicaragua y Panamá tiene algunas recomendaciones específicas con las que deben cumplir algunas de estas recomendaciones son: Panamá :Fortalecer su comprensión del riesgo LAFT de las personas jurídicas e informar los hallazgos para mitigar los riesgos identificados continuar implementando medidas para identificar a los remitentes de dinero sin permisos, así como aplicar un enfoque basado en riesgos para la supervisión del sector de Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), asegurar sanciones efectivas contra el lavado de activos y financiación del terrorismo y asegurar la verificación de la información actualizada sobre el beneficiario final por parte de las entidades obligadas y el acceso oportuno por parte de las autoridades competentes mediante mecanismos efectivos para monitorear las actividades de entidades extraterritoriales Nicaragua :Tomar las medidas pertinentes para evitar que las personas jurídicas y los acuerdos sean utilizados de manera indebida, realizar una supervisión eficaz basada en riesgo y finalizar la actualización de la evaluación de riesgo para tener una mejor comprensión de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo. A los 19 países incluidos en esta lista gris, GAFI los anima a seguir con su plan de acción para que puedan superar las deficiencias encontradas en sus sistemas lo antes posible y de esta forma demuestren su total compromiso con la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, delitos que afectan la integridad del sistema financiero y en general de cualquier organización.
Luego están algunos países entre anaranjado y amarillo, lo cual significa que están en riesgo porque no cumple del todo con las recomendaciones de las entidades que regulan estos riesgos o porque se les a detectado alguna irregularidad.
y por ultimo tenemos algunos de los países clasificados en el color amarillo y verde claro y verde oscuro, que serían los que cumplen mayormente con las recomendación y normas y que tiene menor riesgo de incurrir en delitos de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.
https://baselgovernance.org/basel-aml-index/public-ranking
Este proceso aparte de ser un método de evaluación, es también un indicador de medidas de prevención que nos permite identificar el riesgo de operaciones crediticias con otros países, ya que estas entidades regulatorias mencionadas anteriormente nos muestran el nivel de riesgo de cada uno de los países, seleccionando por color los niveles de prevención que cada jurisdicción tenga y las jurisdicciones que realmente tienen un riesgo muy alto debido a que no cuentan con ninguna restricción, medida o vigilante anti lavado de activos y financiación del terrorismo, abarca todos los factores de inversión internacional,información y antecedentes financieros, políticos, sociales y económicos. Por esto es importante estar al tanto de las actualizaciones que realicen las entidades regulatorias, ya sea con recomendaciones, con países que aún no cumplen o que fueron agregados recientemente como que no cumplen con estas medidas de prevención. Autores: P. Cañaveral y M. Cañaveral
- Revisar permanentemente los países de mayor riesgo contenidos en los listados del GAFI de países no cooperantes y jurisdicciones de alto riesgo.
- Aplicar medidas intensificadas de conocimiento del cliente y de monitoreo de aquellas relaciones comerciales y transaccionales con personas naturales y jurídicas, e instituciones financieras, procedentes de países listados como de mayor riesgo.
- Realizar reportes externos.
- Exigir una labor de auditoría externa intensificada y/o de requisitos más estrictos para las sucursales y filiales de instituciones financieras ubicadas en los países listados como de mayor riesgo.
- Aplicar todas las contramedidas previstas en la nota interpretativa de la recomendación 19 emitida por el GAFI.